Medidas de Control del Ecuador por Coronavirus

Conoce las Medidas de Control que ha impuesto el Gobierno Ecuatoriano por la Emergencia Sanitaria del Coronavirus. Ante la emergencia mundial que se vive en la actualidad por el Covid-19, también conocido como coronavirus. La mayoría de los países alrededor del mundo han tomado una serie de medidas con el fin de salvaguardar la salud de sus ciudadanos, sin ser el Ecuador la excepción.

Todo esto, debido a que la Organización Mundial de la Salud, declarara al Covid-19 como pandemia el pasado 11 de marzo. Ante esta noticia, el presidente de la república, Lenín Moreno, tomó una serie de medidas que rigen en el país en estos momentos.

Medidas de Control ante Emergencia por Coronavirus:

Con la declaración de Emergencia Sanitaria en el Ecuador el pasado 11 de marzo del 2020, se tomaron una serie de medidas restrictivas con el fin de evitar la propagación del virus, entre ellas la declaración de Estado de Excepción.

Sin embargo con el paso de los días y en vista de que los casos están en aumento, las medidas están cada vez tomando más dureza. Considerándose actualmente lo siguiente:

Toque de queda

El toque de queda se extenderá desde el miércoles 25 de marzo desde las 14:00 hasta las 5:00 del siguiente día. Para aquellas personas que no respeten esta medida serán sancionados de la siguiente manera:

  • En el primer llamado de atención el ciudadano tendrá que pagar una multa de $100.
  • En caso de volver a reincidir, la segunda sanción será el pago de un salario básico.
  • Finalmente y en caso de que el mismo ciudadano vuelva a incumplir con la ley por tercera ocasión irá a prisión.

Suspensión de jornada laboral presencial

La jornada laboral que se había suspendido después del declarado estado de excepción por coronavirus, continuará suspendida hasta el martes 31 de marzo de 2020. Con posibilidad de extensión en caso de que la situación del país no mejore.

Restricción de movilidad

La restricción de movilidad, para automóviles particulares fue puesta en marcha el pasado 28 de marzo, considerando lo siguiente para su circulación:

  • Aquellos automóviles con placas terminadas en número 1, 2 y 3 solo podrán circular Lunes y Viernes.
  • Mientras que aquellos vehículos con número de placa terminado en 4, 5 y 6 solo podrán circular Martes y Sábado.
  • Los carros terminados en 7, 8 y 9 solo circularán los miércoles y domingo.
  • Finalmente, las placas en Cero podrán circularán Lunes y Jueves.
  • Es importante mencionar, que la movilidad NO será permitida durante el toque de queda.

Finalmente, algunos municipios han establecidos nuevas medidas de movilidad, esto para el ingreso de mercados y entidades financieras, con el fin de evitar las aglomeraciones. Estas restricciones van a depender del número de cédula, sin embargo cada municipio ubicará sus propias leyes.

Si te interesa:

Consulta con tu Número de Cédula si recibes el Bono de Desarrollo Humano y Otras Pensiones del MIES

Fuentes y Créditos:

https://www.comunicacion.gob.ec/noticias/

Deja un comentario