Multa por Realizar un Cambio Brusco de Carril para Motos

Conozca la multa que deben pagar en caso de realizar un cambio brusco de carril quien conduce una moto. Por muchos años se ha hablado de que los conductores de vehículos motorizados como bicimotos, motocicletas, motonetas, tricar, cuadrimotos y similares son irresponsables. Ya que no solo ignoran múltiples leyes de tránsito, sino que también causan accidentes, congestionan el tráfico con sus maniobras, atentan contra peatones, subirse aceras, etc. Con lo cual hablaremos de las prohibiciones que estos vehículos tienen y por las cuales pueden ser sancionados.

¿Qué cosas están prohibidas si manejo motos?

De acuerdo con la Ley Organico de Transporte Terrestre Transito y Seguridad Vial “LOTTTSV” en la sección IV vemos todo lo relacionado a: conductores de bicimotos, motocicletas, motonetas, tricar, cuadrimotos, y similares.

En el Art. 204B encontramos las cosas que tiene prohibidas los conductores de estos vehículos, entre las cuales encontramos:

  • Sujetarse a cualquier otro vehículo que transite por la vía pública o viajar cerca de otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los conductores que transiten en sentido contrario.
  • Transitar en forma paralela o rebasar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles.
  • Llevar cualquier tipo de carga que dificulte su visibilidad, equilibrio, adecuada operación o que constituya un peligro para sí o para otros usuarios en la vía pública.
  • Realizar virajes o giros sin utilizar las señales reglamentarias respectivas.
  • Circular sobre las aceras, áreas destinadas al uso exclusivo de peatones y por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.
  • Transportar a personas, sin equipamiento y las medidas de seguridad necesarias.
  • Otras prohibiciones contenidas en los respectivos reglamentos.

De igual forma están prohibidas acciones como:

  • No respetar señales de tránsito.
  • Invadir carriles, dificultar la movilización, volverse vulnerables y causar accidentes.
  • Pararse en los pasos peatonales

¿Qué sucederá con las personas que NO respeten la Ley de Tránsito?

La Agencia Metropolitana de Transito “AMT” desde el 01 de julio comenzará a tener un control y rigor estricto en torno a la circulación de las motocicletas. De modo que si circulan en el área metropolitana y no cumplen la ley de tránsito se les dará una multa. Lo que es cuestión de tiempo para que todos los municipios y resto de ciudades del país pongan mayor control sobre este tipo de vehículos.

Para los motociclistas que incumplan las leyes en Quito ser les dará multas como:

Por conducir sin documentos

  • 10% del Salario Básico Unificado
  • Reducción de 3 Puntos de la Licencia

Circular en sitios no permitidos

  • 5% del Salario Básico Unificado
  • Reducción de 1.5 Puntos de la Licencia

No respetar señales de transito

  • 30% del Salario Básico Unificado
  • Reducción de 6 Puntos de la Licencia

Por mal uso de los carriles

  • 5% del Salario Básico Unificado
  • Reducción de 1.5 Puntos de la Licencia

Por realizar cambio brusco o indebido de carril

  • 15% del Salario Básico Unificado
  • Reducción de 4.5 Puntos de la Licencia

Las demás contravenciones o infracciones están contempladas dentro de la LOTTTSV y el Código Integral Penal.

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Fuente

Agencia Nacional de Tránsito. (s.f.). Quinto Suplemento Nro. 512 en el Registro Oficial, la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Obtenido de https://www.ant.gob.ec/placas-diferenciadas/#:~:text=El%2010%20de%20agosto%20de%202021%2C%20se%20public%C3%B3,trae%20esta%20nueva%20Ley%20Descarga%20aqu%C3%AD%20la%20LOTTTSV

LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL. (s.f.). Obtenido de https://www.turismo.gob.ec/wp-content/uploads/2016/04/LEY-ORGANICA-DE-TRANSPORTE-TERRESTRE-TRANSITO-Y-SEGURIDAD-VIAL.pdf

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