Conoce todo lo necesario sobre la remuneración de las Horas Extras en Ecuador. El código de trabajo es un documento realizado con el fin de legislar y codificar todas las disposiciones en este ámbito. Este documento fue actualizado por última vez en septiembre de 2012 y sigue vigente hasta la actualidad.
En el mismo se encuentran los puntos o disposiciones que rigen tanto a empleadores como trabajadores, cuyos artículos deben ser seguidos y respetados por ambas partes.
La remuneración por horas extras (ya sea suplementarias y extraordinarias) se mencionan en el artículo 55 del código, en el cual se establecen algunas disposiciones o prescripciones, mismas que serán mencionadas a continuación. Al final de esta publicación podrás obtener el Código de Trabajo.
Prescripciones sobre el cálculo de horas extras en Ecuador
Las horas suplementarias no puede superar 4 horas de un día, ni 12 a la semana.
Si las horas extras tuvieren lugar durante el día, el empleador deberá pagar la remuneración correspondiente a cada una de las horas suplementarias más un 50% de recargo.
En caso de que esas horas estuvieran comprendidas en horario nocturno (12:00 – 6:00) el trabajador tendrá el derecho a un 50% de recargo. Para calcularlo se toma como base la remuneración de las horas de trabajo diurno.
Según el tipo de contrato, para el recargo de la remuneración se tomará en cuenta las unidades de obras ejecutadas durante las horas excedentes de las 8 obligatorias. Cada unidad extra tendrá una remuneración de un 50 a 100 %
Así mismo, en el caso de horas extras los fines de semana, el recargo será de un 100% en Ecuador.
Finalmente, es importante mencionar que la jornada máxima de trabajo es de 8 horas diarias. Y en jornada nocturna de 19:00 a 6:00 el salario tiene un aumento del 25% de un salario diurno.
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Fuentes y Créditos:
Registro Oficial Suplemento 167. Código del Trabajo del Ecuador, Quito, Ecuador, 26 de septiembre del 2012. Recuperado de http://www.cfn.fin.ec/wp-content/uploads/downloads/2016/08/Codigo-de-trabajo-1.pdf