Cómo solicitar un permiso por fallecimiento de un familiar en Ecuador, que entra en la categoría de calamidad doméstica. Una calamidad domestica de denomina a el fallecimiento de un cónyugue o pariente de sangre de hasta segundo grado, o segundo grado de afinidad. Las calamidades domesticas no tiene aviso previo por lo cual tiende a ser punto de preocupación para los trabajadores, siempre y cuando no se sepa de las licencias por este tipo de tragedias.
Por eso hoy te vamos a traer la información necesaria para que puedas exigir tus derechos basados en:
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica de Servicio Público” (LOSEP).
¿Qué dice el Código de Trabajo sobre el Fallecimiento de un Familiar?
En el capítulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, encontramos el artículo #42 inciso 30. Allí se establece que el empleador deberá otorgar al trabajador una licencia con remuneración completa por 3 días, en cuanto sea un cónyugue o pariente de segundo grado, ya sea de consanguinidad o afinidad.
¿Qué dice la Ley Orgánica de Trabajo sobre la Calamidad Doméstica?
En el capítulo I de los deberes, derechos y prohibiciones en su artículo 23 inciso “g” vemos los derechos que engloban las licencias.
Por otro lado, en su capítulo II de las licencias, comisiones de servicio y permisos, podemos ver que su artículo #27 hace mención sobre las licencias remuneradas, específicamente en el inciso “i” se manifiesta sobre la calamidad doméstica, la cual cubre los grados previamente mencionados por el Código de Trabajo, y concluye diciendo que en caso de requerir un tiempo mayor de los 3 días, estos serán descontados de sus vacaciones.
Grados de Parentesco
La consanguinidad es la familia sanguínea o familia directa. Sin embargo, la afinidad es la familia política creada por vínculo legal a través del matrimonio.
Consanguinidad
Primer grado | Segundo grado | Tercer grado | Cuarto grado |
padres hijos | abuelos, nietos, hermanos. | bisabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos. | tatarabuelos, tataranietos, primos, tíos-abuelos, sobrinos-nietos. |
Afinidad
Primer grado | Segundo grado | Tercer grado | Cuarto grado |
suegros, yernos y nueras, padrastros, hijastros. | abuelos del cónyugue, nietos del cónyugue, cuñados, hermanastros, abuelastros, nietastros, | bisabuelos del cónyugue, bisnietos del cónyugue, tíos del cónyugue, sobrinos del cónyugue, tíos del cónyugue, sobrinos del cónyugue. | tatarabuelos del cóyugue, tataranietos del cónyugue, primos del cónyugue, tíos-abuenos del cónyugue, sobrinos-nietos del cónyugue, primos del cónyugue, tíos-abuelos del cónyugue, sobrinos-nietos del cónyugue. |
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Fuentes y Créditos:
Ministerio del Trabajo (2016). Código del Trabajo. Recuperado de http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/C%C3%B3digo-de-Tabajo-PDF.pdf
Senescyt (2010). Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP. Recuperado de https://www.educacionsuperior.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/09/LOSEP.pdf
Wikipedia (s.f.). Grados de Parentesco. Recuperado de https://es.wikipedia.org/wiki/Grado_de_parentesco