La devolución del Impuesto al Valor Agregado IVA es un proceso que puede ser llevado a cabo por las personas mayores o adultos mayores. Que en nuestro país son considerados las personas que han cumplido los 65 años de edad. Tras cumplir dicha edad obtienen el derecho a la devolución del IVA pagado en compras de bienes y servicios de primera necesidad, los cuales adquieran para uso o consumo personal, con facturas autorizadas por el SRI.
¿Qué se considera bienes y servicios de primera necesidad?
Se considera bienes o servicios de primera necesidad a:
- Vestimenta.
- Vivienda
- Salud.
- Alimentación.
- Educación.
- Comunicación.
- Cultura.
- Deporte.
- Transporte y Movilidad.
Recuerde los bienes y servicios destinados para actividades comerciales no aplican para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Y a partir de enero de 2020 el monto máximo mensual de devolución es de $96 USD. Además, la prescripción de la devolución aplica transcurridos 5 años desde la fecha de emisión del comprobante de venta.
Requisitos para solicitar la devolución del IVA para adultos mayores
Para ingresar la solicitud de devolución de impuestos deberá hacerlo por medio electrónico, presentando la información de forma digital. Y en el debido caso de que el documento requiera la suscripción del usuario deberá constar la firma electrónica.
Gestión por Ventanilla
- Original y copia de la solicitud de devolución. (Formato de Solicitud).
- Presentar la cédula de ciudadanía del beneficiario.
- Listado de comprobantes de venta válidos para la devolución. (Formato Listado)
- Comprobantes de venta de emisión física que sustenten el derecho a la devolución, o presentarlos en medio magnético.
Gestión por Internet
- Haber presentado la solicitud inicial de devolución por escrito en cualquiera de los centros de atención del SRI a nivel nacional.
- En las oficinas SRI obtener la clave de acceso a SRI en Línea. Y presentar la cédula y el acuerdo de responsabilidad para uso de medios electrónicos debidamente firmado.
- Llenar el listado de comprobantes de venta físicos para solicitudes por internet. (Formato Listado).
Gestión por Casos especiales
En caso de que la solicitud la presente una tercera persona:
- Certificado de Autorización a Terceros en Línea generado en SRI en Línea o SRI móvil.
- Presentar la cédula de ciudadanía de la persona beneficiaria.
- Presentar la cédula de ciudadanía y certificado de votación de la persona que ingresa la solicitud.
En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero:
- Copia del poder general o especial que le faculte a la tercera persona a actuar en nombre del beneficiario.
¿Cómo solicitar la devolución del IVA para personas adultas mayores?
Solicitud por Ventanilla o Canales Electrónicos
- Llene la solicitud de devolución, el listado de comprobantes de venta válidos. Y adjunte los comprobantes de venta de emisión física que sustenten el derecho a la devolución, o presentarlos en medio magnético.
- Ingrese la solicitud mediante cualquier ventanilla de las oficinas del SRI a nivel nacional. O por los canales electrónicos dispuestos para el efecto, adjuntando los demás requisitos mencionados anteriormente.
- La solicitud será validada por el SRI previo al registro de los datos personales, cuenta bancaria y liquidación.
- El SRI emitirá una resolución con los valores reconocidos. Misma que se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 60 días hábiles.
- Compruebe la acreditación en la cuenta bancaria.
Solicitud por Internet
- Ingresar al “SRI en línea” y escoger la opción Devoluciones – IVA Adultos Mayores.
- Complete y suba el «Listado de comprobantes para solicitudes por internet» en el menú «Facturas Físicas».
- Ingrese a «Facturas Electrónicas» y seleccionar las facturas del año y periodo a solicitar la devolución.
- Envíe la solicitud cunado haya carga de facturas físicas y electrónicas en el menú «Envío de solicitud».
- En un lapso de 24 horas tras el envío de la solicitud, verifique el número de trámite generado en el “Notificaciones Electrónicas / Buzón del Contribuyente”.
- El SRI emitirá una resolución con los valores reconocidos. Misma que se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 60 días hábiles.
- Compruebe la acreditación en la cuenta bancaria.
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Fuente
https://www.sri.gob.ec/web/guest/devolucion-del-iva-a-personas-adultos-mayores