El montepío es una pensión de carácter mensual que otorga el IESS a viudas, viudos, huérfanos o padres. En caso de fallecimiento de un jubilado que recibía pensión por invalidez o vejez. También para los afiliados activos que al momento de su muerte hayan abonado un mínimo de 60 imposiciones mensuales, es decir 5 años consecutivos de aportaciones, o que esté dentro del periodo de protección del seguro de muerte.
¿Quiénes son los beneficiarios del Montepío?
Viudas y Viudos
Los cónyuges de un afiliado / afiliada o jubilado / jubilada fallecido. En donde se pueda demostrar que la convivencia en pareja. En caso de ser inferior a dos años se puede tener como pruebas la existencia de hijo/s.
Hijos
El primer caso es de un hijo de hasta 18 años de edad del afiliado o jubilado fallecido. El segundo caso es para hijos incapacitados, sin posibilidad de trabajar, y que hayan estado a cargo del asegurado fallecido, y que sean solteros, viudos o divorciados.
Padres
En el caso de no haber lo receptores previamente mencionados, el montepío puede ser recibido por la madre del asegurado fallecido, que haya vivido a cargo del causante. También puede ser del padre incapacitado que haya vivido a cargo del causante.
Casos donde se pierde el derecho al Montepío
- Si el beneficiario de la pensión de viudez contrae matrimonio o se llegase a comprobar la unión libre.
- Cuando el beneficiario de la pensión por orfandad tiene la capacidad de trabajar y cumple 18 años de edad.
- Si el beneficiario de pensión por invalidez recupera la capacidad de laborar, o cuando su condición económica cambie favorablemente.
- Cuando el padre o la madre incapacitados de trabajar mejoren favorablemente la condición económica.
¿Cómo solicitar el Montepío?
- Deberá de solicitarla en la página web oficial del IESS.
- En la sección de “Asegurado – Pensionista” servicios en línea viudez y orfandad.
- Tendrá que registrar el número de cédula y los datos que le serán solicitados.
- Al culminar el sistema le mostrará los documentos necesarios para cada caso. Mismos que tendrán que ser entregados en cualquier de las Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones del IESS.
- Ahí se realizará la declaración sobre las condiciones generales del grupo familiar solicitante.
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Fuentes y Créditos:
https://www.gob.ec/iess/tramites/solicitud-montepio-viudao-conviviente